Carga pública: lo que las familias deben saber

La “carga pública” ha sido una prueba de inmigración de larga data administrada a los inmigrantes que ingresan al país o buscan la residencia permanente para determinar si dependerán principalmente del gobierno para recibir apoyo financiero.

En los últimos años, la ley sobre “carga pública” ha cambiado varias veces, dejando a las familias confundidas acerca de lo que significa. El 9 de septiembre de 2022, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) publicó una regla final sobre el motivo de inadmisibilidad por carga pública. La nueva regla entrará en vigencia el 23 de diciembre de 2022.

La mayoría de los inmigrantes que están sujetos a carga pública no son elegibles para los programas enumerados en la regla. La carga pública se aplica a:

  • Personas que ingresan a los EE. UU. con visas de estudiante, de empleo o basadas en la familia
  • Personas que solicitan ajustar su estatus migratorio al estatus de “Residente Permanente Legal” (LPR o titular de la tarjeta verde) de una visa de estudiante, de empleo o basada en la familia. La carga pública NO se aplica cuando renueva su tarjeta verde o solicita convertirse en ciudadano estadounidense.
  • Residentes permanentes legales que buscan volver a ingresar a los EE. UU. después de estar fuera del país durante seis meses o más.

La carga pública NO se aplica a los inmigrantes humanitarios, incluidos aquellos que solicitan:

  • Estatus de asilo o refugiado
  • Renovación de tarjeta verde
  • Estado de visa TPS, U o T
  • Estado o renovación de DACA
  • Estado Especial de Inmigrante Juvenil
  • Ciertas personas en libertad condicional en los EE. UU.

Los únicos beneficios públicos que se consideran negativos en la prueba de carga pública se enumeran a continuación:

  • Programas de asistencia en efectivo que proporcionan pagos continuos
  • Para los residentes de Carolina del Norte, los únicos programas que contarán negativamente son: SSI (pagos para personas discapacitadas) y TANF (asistencia mensual en efectivo)
  • Atención institucional a largo plazo a expensas del gobierno

USCIS (Inmigración) NO considerará NINGÚN programa de beneficios utilizado por sus hijos u otros miembros de la familia en su hogar. Sus hijos y familiares elegibles pueden usar cualquier programa de beneficios que necesiten e Inmigración no lo preguntará ni lo considerará en su solicitud de inmigración.

Para obtener más información, visite el Centro de Justicia de Carolina del Norte: https://www.ncjustice.org/projects/immigrant-refugee-rights/project-resources/public-charge-rule/